¿En qué campos corresponde informar las leyendas o constancias obligatorias de DGI?


La Resolución Nº 1264/2023 de DGI establece en qué campos deberían informarse las leyendas o constancias obligatorias:

Nº de numeral Campo Leyenda Campo Leyenda Campo
E-C3: Glosa Se debe ingresar el nombre de la entidad administradora de la tarjeta A-C16: Información adicional
comprobante
Decreto Nº 378/012 - Devolución de IVA a turistas no residentes A-C14 = 80: Modalidad de venta= Régimen TAX FREE - Dto.
Nº 378/2012
90 – Régimen G 

B-C8: Descripción Adicional del producto/ servicio

- Activos registrados con número xxx

- Porcentaje de exoneración aplicable xxx %

     
B-C8: Descripción Adicional del producto/ servicio Servicios exonerados literal S artículo 52 Título 4      
A-C68: Información adicional del receptor Número de registro de usuario ZF xxx B-C8:Descripción Adicional del producto/ servicio

- Para Bienes: Artículo 29 Decreto 220/998

- Para servicios: Numeral xx del artículo 34 del Decreto 220/998

 
B-C8: Descripción Adicional del producto/ servicio

- Activos registrados con número xxx

- Porcentaje de exoneración aplicable xxx %

     
A-C16: Información adicional
comprobante
Contribuyente amparado a la Ley Nº 15.921      
10º B-C8: Descripción Adicional del producto/ servicio Operación comprendida en el artículo 56º Decreto 309/018      
11º B-C8: Descripción Adicional del producto/ servicio Operación comprendida en el artículo 56º Decreto 309/018 y el numeral xx del artículo 34 del Decreto 220/998      
12º B-C8: Descripción Adicional del producto/ servicio

Activos registrados con número xxx

- Porcentaje de exoneración aplicable xxx %

     
13º B-C8: Descripción Adicional del producto/ servicio Servicios exonerados literal S artículo 52 Título 4      

 

Por más información podés escribirnos a soporte@biller.uy o llamarnos  al 2626 0591.